Un juicio de amparo directo invalida la exoneración al empresario, dieron a conocer los apoderados legales de la empresa Desarrollos Salo SA de CV

Luego de que en julio de 2019 la resolución de los magistrados la Tercera, Cuarta y Quinta Salas Penales confirmó la nulidad de la acción penal en contra de Sergio Bermudez Espinoza dentro de un juicio en su contra por administración fraudulenta cometida en contra de la empresa Desarrollos Salo S.A. de C.V., un juicio de amparo directo revierte dicha decisión, dio a conocer el abogado Raúl Iñárritu apoderado legal de la empresa.
Originalmente, luego de un largo juicio, en mayo de 2018 el Tribunal de Enjuiciamiento de lo Penal del Distrito Judicial Bravos, determinó el no ejercicio de la acción penal en contra de Bermudez Espinoza, lo que llevó a los abogados de la empresa a apelar este fallo, con el resultado descrito en el párrafo anterior.
No obstante los resultados negativos en dos instancias judiciales, el despacho Iñarritu Abogados, continuó combatiendo el sentido original de la sentencia absolutoria, ya que dicha sentencia no entraba al estudio de fondo de todas las evidencias, peritajes y dictámenes contables presentados dentro del juicio, al argumentar que la denuncia se había presentado fuera del tiempo que marca la ley para tales efectos.
De acuerdo con el dictamen pericial presentado por el Contador Público Certificado Humberto Grijalva, el empresario y entonces directivo de la empresa, Sergio Bermudez Espinoza, fue responsable de irregularidades en desviaciones de dinero en bancos, por autopréstamos, gastos simulados, acreditaciones indebidas a favor de su saldo deudor por un importe total de 19 millones 316 mil pesos, dentro del periodo comprendido entre el 01 de enero de 2006 al 30 de junio de 2012. Dicho dictamen es parte de una serie de probanzas presentadas en su contra durante el juicio, mismas que ahora deberán ser plenamente valoradas por la autoridad judicial.
Por ello la sentencia del 5 de julio del presente año en el juicio de amparo penal 370/2020 emitida por el Segundo Tribunal Colegiado del Decimoséptimo Circuito, ordena dejar insubsistente la resolución del 20 de septiembre de 2020, instruyendo al Tribunal Colegiado de Casación del Tribunal Superior de Justicia del Estado de Chihuahua a que emita otra sentencia o resolución, en la que prescinda de considerar que la querella original se presentó fuera del plazo establecido.
También le otorga un plazo de 22 días hábiles para dar cumplimiento a dicha sentencia, plazo que está por agotarse próximamente, lo que en términos simples significa la validez del enjuiciamiento a Sergio Bermúdez Espinoza por el delito de administración fraudulenta, con todas las consecuencias legales que ello implica.
EL CASO
- En 2014, Sergio Bermudez Espinoza fue acusado de Administración Fraudulenta en contra de la empresa Desarrollos Salo, S.A. de C.V. de la cual era dirrectivo
- En mayo de 2018, tribunal determinó que Sergio Bermúdez Espinoza no era penalmente responsable de administración fraudulenta
- Abogados de Desarrollos Salo S.A. de C.V. apelaron el caso
- En julio de 2019, resolución de magistrados confirmó nulidad de la acción penal contra Bermúdez Espinoza
- Juicio de amparo directo revirtió la decisión y ordena se reponga el juicio por administración fraudulenta en contra del empresario







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